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Fútbol uruguayo
Moción de orden

Última asamblea fue clave para que el gobierno decidiera intervenir a la Mutual

Un informe de los veedores del MEC en la asamblea determinó que se definiera la intervención de la gremial de futbolistas.

15.11.2017 19:35

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2017-11-15T19:35:00-03:00
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Lo ocurrido en la última asamblea de la Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales (MUFP) fue fundamental para que el Ministerio de Educación y Cultura decidiera intervenir la gremial y desplazar a todas sus autoridades.

En declaraciones divulgadas por la Secretaría de Comunicación de Presidencia, la subsecretaria del MEC Edith Moraes explicó que se resolvió la intervención "a partir de lo ocurrido en la última asamblea", a la que la cartera había enviado dos veedores.

Durante esa asamblea, celebrada en la noche del lunes, la comisión directiva decidió retirarse abruptamente impidiendo que los socios votaran una moción de remoción de las autoridades, único punto en el orden del día en esa convocatoria.

Los dos veedores enviados por el MEC registraron lo sucedido en video y elaboraron un informe que fue luego presentado al director de Asuntos Constitucionales y Legales, Jorge Maqueira.

Según la subsecretaria, el informe de los veedores aporta "nuevos elementos que hasta la fecha no habían existido" y que según la jerarca "ameritan" la intervención.

Moraes dijo que en los próximos días se designarán a los interventores, que de acuerdo a la normativa tendrán un plazo de entre seis meses y un año para trabajar. La subsecretaria aclaró que "el ritmo" de trabajo variará según el caso.

Según está establecido en el decreto ley 15.089 de 1980, el MEC puede intervenir asociaciones civiles como medida cautelar "cuando hubiera comprobado actos graves que importaren violación de la ley, de la reglamentación o del estatuto".

El texto del decreto ley aclara que la intervención "tendrá siempre como finalidad restituir a la institución en el más breve término al cauce normal de su actividad y funcionamiento, o proceder, si ello no fuera posible o aconsejable, a la disolución y liquidación de la misma una vez cancelada su personería jurídica".

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